Es la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de mujeres, niñas y adolescentes, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza o de otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre mujeres, niñas o adolescentes con fines de explotación, tales como prostitución, explotación sexual, trabajos o servicios forzados, la esclavitud o prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos. Es un delito que guarda íntima relación con el anteriormente expuesto (el tráfico ilícito de mujeres, niñas y adolescentes); pero no es lo mismo, por cuanto mientras que en aquel los verbos rectores son reclutamiento y transporte (no incluye la acogida o la recepción de las mujeres, simplemente las reclutan y las trasladan), en la trata si se incluyen la acogida y recepción; aunque en la mayoría de los casos ambos delitos se cometen simultáneamente.
La trata de personas es un problema complejo que se desarrolla en diferentes fases:
1) la captación, cuando la mujer, la niña y/o la adolescente es reclutada tanto por personas individuales como por intermediarios que forman parte de redes organizadas; éstas pueden haber sido engañados con promesas de trabajo, etc. en otro país o región, pueden ser secuestradas o raptadas o pueden ser vendidas o entregadas a los reclutadores por parte de sus familias (este último caso se ve mucho en regiones muy pobres, específicamente en familias muy numerosas que no pueden sostener a todos los miembros) lo que obliga a que se entregue a una de las integrantes de la familia a cambio de dinero, y por lo general la miembro "sacrificada" es la de menor edad o la mas vulnerable.
2) el transporte, que puede llevarse a cabo directamente por los propios tratantes y no necesariamente implica el traslado de un país a otro, sino que puede darse dentro del propio país de una zona a otra.
3) la acogida o recepción en el país o región de destino.
El objetivo de la trata de las mujeres, niñas y adolescentes es su explotación cuando llegan al lugar de destino, que puede darse en cualquier modalidad dependiendo de factores tales como su edad, la naturaleza del mercado laboral en el cual se le introduce, su nivel de destrezas, explotación sexual comercial (que incluye la prostitución, el turismo sexual o la pornografía), explotación laboral, servidumbre doméstica, matrimonios forzados.
Los tratantes utilizan diferentes medios para controlar a sus víctimas y mantenerlas en una situación de explotación: contrayendo las víctimas obligaciones financieras; aislándolas de sus familias, comunidades u otras personas ajenas; confiscando su documentación de identidad, visados, pasaportes; ejerciendo violencia física, psicológica y sexual contra ellas; amenazándolas con represalias contra sus familias, etc., en caso de no acceder a las condiciones de explotación; manipulándolas y atemorizándolas para evitar que acudan a la policía; o controlando su dinero. La trata de seres humanos en general, y la trata de mujeres, niñas y adolescentes en particular, así como las prácticas asociadas a ella (explotación sexual, trabajo o mendicidad forzada, servidumbre por deudas, comercio de órganos, comisión forzada de delitos) supone, en sí misma una violación de los Derechos Humanos Fundamentales.
Las consecuencias del proceso de trata pueden afectar todos los aspectos de la vida de las mujeres, niñas y adolescentes tanto a corto como a largo plazo generando tanto problemas emocionales y psicológicos (depresión, baja autoestima, fobias, síndrome de estrés postraumático, etc.) como físicos (lesiones provocadas por terceros, automutilaciones, abuso de sustancias tóxicas, enfermedades de transmisión sexual, etc.), como conductuales (agresiones, fugas, conductas delictivas, etc.). En el caso de las las niñas y adolescentes, el trauma social, psicológico y físico causado en las primeras etapas de su desarrollo puede tener consecuencias más graves que en el caso de las mujeres adultas para el posterior desarrollo y la recuperación de la niña y/o adolescente a largo plazo. Del mismo modo, la situación de explotación y sometimiento que viven les dificulta de manera muy importante su acceso a la red normalizada de servicios y recursos sociales.
En nuestro país el delito de trata de mujeres, niñas y adolescentes esta previsto en el artículo 56 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en los siguientes términos:
"Artículo 56.- Quien promueva, favorezca, facilite o ejecute la captación, transporte, la acogida o la recepción de mujeres, niñas o adolescentes, mediante violencias, amenazas, engaño, rapto, coacción u otro medio fraudulento, con fines de explotación sexual, prostitución, trabajos forzados, esclavitud, adopción irregular o extracción de órganos, será sancionado o sancionada con prisión de quince a veinte años."
Pero como se expuso en la anterior publicación, la normativa sustantiva venezolana no basta para combatir ese flagelo de la trata de mujeres, niñas ya adolescente y eso es más que evidente cuando se observa la realidad del país. La verdadera solución a esta problemática requiere de una política de estado sensitiva, políticas públicas bajo el principio pro-féminas, planes, programas y políticas públicas con perspectiva de género transversales, con cambios culturales, que puedan garantizar la igualdad sustantiva de las mujeres, niñas y adolescentes.